El Tribunal Económico–Administrativo Central (TEAC), con sede en Madrid, resuelve los recursos de los que debe conocer en primera instancia por estar a él atribuidos, o de reclamaciones frente a resoluciones de los tribunales territoriales.
¿Qué estructura tiene?
Existe una estructura territorial que va desde las localidades hasta el Tribunal Económico-Administrativo Central. AsÃ, hay 4 Dependencias Locales y 28 Dependencias Provinciales cuya función no es resolver recursos, sino facilitar al ciudadano la interposición de las reclamaciones con una mayor proximidad en su ámbito geográfico, asà como la comunicación del mismo con el correspondiente Tribunal Económico-Administrativo Regional o Sala Desconcentrada del mismo.
¿Qué competencias tiene?
Según la página oficial del gobierno español, el TEAC tiene atribuida la competencia para resolver:
- En única instancia:
- Las reclamaciones económico-administrativas que se interpongan contra los actos administrativos dictados por los órganos centrales del Ministerio de Hacienda u otros Departamentos Ministeriales, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, asà como contra los actos dictados por los órganos superiores de la Administración de las Comunidades Autónomas.
- Las reclamaciones en las que deba oÃrse o se haya oÃdo como trámite previo al Consejo de Estado.
- Las reclamaciones económico-administrativas que se interpongan contra los actos administrativos dictados por los órganos periféricos de la Administración General del Estado, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o por los órganos de las Comunidades Autónomas que no sean superiores, asà como contra las actuaciones de los particulares susceptibles de reclamación, cuando, aún pudiendo presentarse la reclamación en primera instancia ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional o Local correspondiente, la reclamación se interponga directamente ante el Tribunal Económico-Administrativo Central.
- En segunda instancia: Los recursos de alzada ordinarios que se interpongan contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los Tribunales Económico-Administrativos Regionales y Locales.
- Los recursos extraordinarios de revisión y los extraordinarios de alzada para la unificación de criterio.
- La rectificación de errores en los que incurran sus propias resoluciones.
¿Cómo podemos ayudarte?
Valero y Masiá puede ayudarte con la reclamación Económico Administrativa ante el TEAR. Podemos gestionar la reclamación ante el Tribunal Económico–Administrativo Regional. Contamos con la mayor experiencia en el Tribunal Económico administrativo Regional.